SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO, CON SEDE EN LA PROVINCIA DE PICHINCHA
DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL
Según el Artículo 142.- Contenido de la demanda. COGEP.
1. La designación de la o del juzgador ante quien se la propone. PARA ANTE UNO DE LOS SEÑORES JUECES DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO, DE ESTA JUDICATURA.
2. Los nombres y apellidos completos del Actor.- Los generales de ley del actor son los que señalo a continuación: EL ACTOR.- Es el señor CARRILLO JIMENEZ FERNANDO VICENTE, ecuatoriano titular de la cedula Nro. 1802202109, casado, de 48 años de edad, de profesión Médico, con domicilio en las calles: whymper Nro. 464 y Coruña sector del hotel Quito, de este Cantón, mi correo electrónico es: f-carrillo-j@hotmail.com a efecto señalo CASILLERO JUDICIAL 6217 EN QUITO y correos electrónicos de mi defensor privado, consultas@cazamley.com y santiago.zambrano17@foroabogados.ec mismos que corresponden a mi abogado particular Santiago Iván Zambrano Ávila. C.C. 1704924792. Matrícula 17-2012-662 del Foro de Abogados, a quien lo autorizo expresamente por medio de este pedido para que a futuro presente cuantos escritos se requieran con solo su firma y lo que le faculte el Art. 36 del Código Orgánico General de Procesos, concordantes con el Art. 333 del Código Orgánico de la Función Judicial.
3. El número del Registro Único de Contribuyentes en los casos que así se requiera.
-Para el caso a tratar no se señala ningún Registro Único de Contribuyentes.
4. Los nombres completos y la designación del lugar en que debe citarse a la o al demandado.-
A QUIEN DEMANDO es a la señora, ELISA APARECIDA ZAMBUZZI, de nacionalidad brasileña, con número de cedula ecuatoriana: 1723193080, casada, de 48 años de edad, profesión estilista.
El lugar para CITAR A LA DEMANDADA es el siguiente: en la Av. Universitaria Oe5-172 segundo piso casa de color verde.- La calle transversal es Armero, de esta Ciudad de Quito. Según la imagen que adjunto a este pedido: REFERENCI junto al establecimiento de ÑUCANCHI PEÑA, de este Cantón. Teléfono domicilio: 2561525.
5. La narración de los hechos detallados y pormenorizados que sirven de fundamento a las pretensiones, debidamente clasificados y numerados.-
SEÑOR JUEZ.- A CONTINUACIÓN DETALLO LOS HECHOS EN EL ORDEN SIGUIENTE:
a.-) De la Dirección General de Registro Civil Identificación y Cedulación del Ecuador. Se desprende la INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO. TOMO. 2-A PÁGINA. 210 ACTA. 594, celebrado en la Ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, el día diez dé marzo del Año 2006. Que corrobora.- (1) La constitución del matrimonio entre los señores, CARRILLO JIMENEZ FERNANDO VICENTE con la señora ELISA APARECIDA ZAMBUZZI, para su comprobación adjunto Inscripción Original de Matrimonio del Registro Civil de Quito. En virtud de este vínculo matrimonial acudo ante su autoridad para solicitarle que SEA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE NOS UNE, por el hecho que son más de ocho años que estamos separados de cuerpo o sea estamos haciendo vidas diferentes sin compartir el mismo hogar en común.
b.-) Así mismo declaro que de este matrimonio hemos PROCREADO UN HIJO en común que responden a los nombres de: GABRIEL ALEJANDRO CARRILLO ZAMBUZZI, de 10 años de edad. Como consta de la partida de nacimiento que adjunto a este pedido.
c.-) Para efecto de proseguir este pedido de divorcio he nombrado como CURADORA AD-LITEM, a la Ab. GUADALUPE DEL ROCIÓ CARRILLO JIMENEZ, a su vez esta hace la insinuación de aceptar dicho cargo a favor de mi hijo GABRIEL ALEJANDRO CARRILLO ZAMBUZZI, de 10 años de edad. La Curadora Ad-Litem nombrada es tía paterna del menor referido. Por lo que solicito se le llame en su presencia y se le tome el juramento de ley según la regla de lo que disponga el Código de la Niñez y la Adolescencia para dicho cargo. La dirección de la curadora Ad-Litem es la siguiente: calle Isabela N44-573 y seis de Diciembre. En la ciudad de Quito. Prestare las facilidades para notificación.
A efecto este nombramiento tenga el sustento legal dentro de esta causa, adjunto un instrumento de reconocimiento de firma a favor de la señora GUADALUPE DEL ROCIÓ CARRILLO JIMENEZ, C.C: 050091199-5 documento que fue emitido por la profesora señorita MARTHA CECILIA ARAUJO PROAÑO, como consta del CERTIFICADO DE IDONEIDAD, CON RECONOCIMIENTO DE FIRMA ante el Dr. Gonzalo Augusto Román Chacón. Notario.- de la NOTARIA SEPTUAGÉSIMA SEXTA de esta Ciudad.
d.-) SOBRE EL CUIDADO Y CRIANZA DE NUESTRO HIJO MENOR. Hago saber y pido que la guardia y custodia deba quedar al cuidado de la madre, por el hecho que en la actualidad el menor GABRIEL ALEJANDRO CARRILLO ZAMBUZZI, se encuentra al cuidado de su progenitora y solicito que las visitas para el menor mencionado sean de forma abierta a favor de su padre.
e.-) SOBRE EL DERECHO DE ALIMENTO DEL MENOR.- su progenitor propone una pensión alimenticia por el valor de $/400,00 CUATROCIENTOS DÓLARES DE NORTE AMÉRICA MENSUALMENTE MÁS BENEFICIOS DE LEY a fin de garantizar el derecho de alimentos y la supervivencia según el ordenamiento el TÍTULO V (R.O.- S No. 643 del 28 de julio del 2009 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Art. Innumerado 5.- armonizando con el Art.115.- del Código Civil, a efecto pido se habrá una cuenta de ahorro Kárdex oportunamente dentro de esta causa a nombre de la señora ELISA APARECIDA ZAMBUZZI, de nacionalidad brasileña, con número de cedula ecuatoriana: 1723193080. Armonizando con el ultimo inciso del numeral 4, DEL Art. 332 del (COGEP).- (2)
f.-) Por otro lado declaro libre y voluntariamente que dentro del transcurso de la vida de nuestro matrimonio no hemos adquirido bienes muebles e inmuebles, solo los de menaje de casa, mismos que están en uso de mi cónyuge, bienes que deben quedar en poder de la demandada por el hecho que están en uso de ella y de nuestro hijo en común.- .
g.-) Adicionalmente hago la declaración de un bien propio e indico que tengo un vehículo y que lo uso como un medio de herramienta de trabajo por la actividad y profesional que desempeño. MISMO QUE LO SACO DE LA MASA DE LA SOCIEDAD CONYUGAL COMO CUERPO CIERTO, esto en el amparo del Art.- 195.- del Código Civil ecuatoriano en vigencia.
6. Los fundamentos de derecho que justifican el ejercicio de la acción, expuestos con claridad y precisión.
Señor juez.- Este pedido y demanda lo apoyo en los fundamentos de derecho por falta del cumplimiento en el contrato solemne del matrimonio que señala el Art. 81, del Código Civil, esto es que ya no nos auxiliamos mutuamente como esposos entre sí y en tal razón no hay lógica de continuar con el vínculo del matrimonio. Prefiero apegarme al derecho que la ley me otorga por el bienestar de todos y especialmente la tranquilidad emocional y psíquica de mi persona y de nuestro hijo en común, y:
Con la copia de la inscripción original del matrimonio que adjunto a este demanda viene a su conocimiento la celebración del matrimonio según la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Quito, que justifica la relación clara del vínculo del MATRIMONIO CIVIL entre CARRILLO JIMENEZ FERNANDO VICENTE con ELISA APARECIDA ZAMBUZZI, en tal virtud pido SE ADMITA A TRÁMITE LA DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL en contra de la señora ELISA APARECIDA ZAMBUZZI, en armonía del numeral 9, del Art.- 110 del Código Civil del Ecuador en vigencia. Registro Oficial Nº 526.- viernes 19 de junio de 2015.
7. El anuncio de los medios de prueba que se ofrece para acreditar los hechos. Se acompañarán la nómina de testigos con indicación de los hechos sobre los cuales declararán y la especificación de los objetos sobre los que versarán las diligencias.-
SEÑOR JUEZ/A.- Con el objeto y oportunamente continuar con el procedimiento del divorcio por causal y en el momento oportuno procesal se considere a mi favor como una carga familiar de mi segundo hijo de nombres Carrillo Solís Fernando José de 16 años de edad adjunto partida de nacimiento.- e indicado y pido lo siguiente:
a.-) De la forma más comedidamente se efectué las diligencia preparatorias, esto es que se le llame a la señora GUADALUPE DEL ROCIÓ CARRILLO JIMENEZ, persona nombrada en líneas arriba como CURADORA AD-LITEM y; se le tome el juramento del cargo para el que ha sido designado en calidad de Curadora Ad-Litem, del menor GABRIEL ALEJANDRO CARRILLO ZAMBUZZI. Pedido que hago en lo ordenado del Art. 108.- en armonía del Art 515.- del Código Civil en vigencia. A la Curadora nombrada.- (3) Se le NOTIFIQUE en las calles: Isabela N44-573 y seis de Diciembre. En la Ciudad de Quito. Móvil 0982513465: Adjunto la correspondiente diligencia ante Notario Público sobre la IDONEIDAD de la Curadora Ad-Litem referida.
b.-) Se practique oportunamente las PRUEBAS TESTIMONIALES según el Art 178, 189 y demás del caso según el (COGEP), de las personas siguientes:
1.- Dr. ÁNGEL GABRIEL MONGA TACO. C.C. 1706660089, ecuatoriano, casado, mayor de 56 años de edad, y se le hará llegar las NOTIFICACIONES según el Art. 190 y 191 del (COGEP), en la calle José Yépez Oe9-257 y 19 de junio. Sector San Juan. De esta. Ciudad de Quito. Así mismo adjunto una copia de cedula y de votación y las preguntas para el testigo referido. Prestare las facilidades para las Notificación.
2.- El señor JORGE RAMIRO SALAZAR VÁSQUEZ. C.C. 0500889639, ecuatoriano, casado, mayor de 59 años de edad, y se le hará llegar las NOTIFICACIONES según el Art. 190 y 191 del (COGEP), en la calle: Jerónimo Carrión # 1-43. Entre Avenida Amazonas y Velasco Ibarra. En la Provincia de Cotopaxi Cantón Latacunga. Así mismo adjunto una copia de cedula y de votación y las preguntas para el testigo referido. Prestare las facilidades para las Notificación.
8. La solicitud de acceso judicial a la prueba debidamente fundamentada, si es del caso.
CON EL OBJETO UD. Pueda tener los elementos de convicción y probatorias dentro de este caso y reunir documentos y/o títulos en el momento oportuno sobre la liquidación de la sociedad conyugal, Art. 113 del Código Civil, solicito como diligencias preparatorias conforme el mandato del Art 19, 23 y 30 del Código Orgánico de la Función Judicial, en concordancia del Art. 120, 121 y 193.- del Código Orgánico General de Procesos. A efecto sean reproducidos dentro de esta causa documentos y/o títulos.- señalo los nombre para ser solicitados a continuación.
PIDO SEAN ATENDIDOS LAS SIGUIENTES DILIGENCIAS PREPARATORIAS: a.-) SE OFICIE; a la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS DEL ECUADOR en Quito, con la finalidad que las entidades financieras, en un término no mayor a 48h00, emita una certificación a esta judicatura, si la señora ELISA APARECIDA ZAMBUZZI, de nacionalidad brasileña, con número de cedula ecuatoriana: 1723193080, es titular de mantos de cuentas, tarjetas de Cerditos, pólizas de acumulación u otros similares.
b.-) SE OFICIE; al INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL, en Quito con la finalidad que en un término no mayor a 48h00, emita una certificación en la que conste la información individual de los últimos 12 meses, a efecto la institución requerida pueda remitir una certificación a esta judicatura de las aportaciones sociales de ley que mantiene la señora ELISA APARECIDA ZAMBUZZI, de nacionalidad brasileña, con número de cedula ecuatoriana: 1723193080.- (4)
c.-) SE OFICIE; al REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN QUITO, con la finalidad que en un término no mayor a 48h00, a efecto la institución requerida pueda remitir a esta judicatura una Certificación de los bienes inmuebles que pertenecen a la señora ELISA APARECIDA ZAMBUZZI, de nacionalidad brasileña, con número de cedula ecuatoriana: 1723193080.
d.-) SE OFICIE; al DEPARTAMENTO DE MATRICULACIÓN DE LA COMISIÓN DE TRÁNSITO DEL ECUADOR del Cantón Quito, con la finalidad que en un término no mayor a 48h00, emita los títulos de la señora ELISA APARECIDA ZAMBUZZI, si esta tiene VEHÍCULOS que pertenezcan a su propiedad y remita una certificación de dichos títulos a esta judicatura, de los vehículos que pertenecen a la señora ELISA APARECIDA ZAMBUZZI, de nacionalidad brasileña, con número de cedula ecuatoriana: 1723193080.
9. La pretensión clara y precisa que se exige. Dentro de esta demanda.-
EN CONSECUENCIA DE LO EXPUESTO EXIJO: y por ser el pedido de fondo una demanda de DIVORCIO POR CAUSAL según el numeral 9 del Art. 110.- del Código Civil, consecuentemente PIDO QUÉ EN SENTENCIA SE DÉ POR DISUELTO EL VINCULO DE MATRIMONIO que mantenemos, CARRILLO JIMENEZ FERNANDO VICENTE con la señora ELISA APARECIDA ZAMBUZZI y la debida disolución y liquidación de la sociedad conyugal en caso de existir bienes en común que pudieran pertenecer a la masa de la sociedad conyugal.-
10. La cuantía del proceso cuando sea necesaria para determinar el procedimiento.-
LA CUANTÍA: por el tratamiento de la causa es indeterminada.-
11. La especificación del procedimiento en que debe sustanciarse la causa.
Por ser una demanda de divorcio contencioso se tramité mediante el correspondiente PROCEDIMIENTO SUMARIO según numeral 4 del Art. 332.- del Código Orgánico General de Procesos. Concordantes con el Art. 118 y demás del Código Civil en vigencia.
12. Las firmas de la o del actor o de su procuradora o procurador y de la o del defensor salvo los casos exceptuados por la ley.
Las firmas de los sujetos procesales son como quedan realizadas en la parte última de este escrito.
13. Los demás requisitos que las leyes de la materia determinen para cada caso.
ADJUNTAN DOCUMENTOS HABILITANTES.-
1.-) Una copia original de la inscripción de Matrimonio de los cónyuges
2.-) Una copia original de partida de nacimiento del hijo en común
3.-) Una copia de cedula y de votación del actor.
4.-) Una copia de cedula y de votación de la curadora Ad_Litem.- (5)
5.-) Una copia original notariada de la idoneidad de la curadora Ad-Liten y dirección para notificar
6.-) Dos copias de cedula y de votación de los testigos enunciados y dirección para notificar
7.-) Una copia de credencial de abogado patrocinador.
SEÑALO CASILLERO JUDICIAL No. 6217 DE ESTE CANTÓN y correos electrónicos: consultas@cazamley.com y santiago.zambrano17@foroabogados.ec de mi abogado particular Santiago Iván Zambrano Ávila. Matrícula 17-2012-662. C.C. 1704924792.
Firma este pedido el abogado particular en unión de acto con el peticionario.
F.- El peticionario F. Ab. Patrocinador
Carrillo Jiménez Fernando Vicente
C.C. 1802202109
(6)
<PRIMERA_PARTE>Recibido en la ciudad de QUITO el día de hoy, jueves 10 de noviembre de 2016, a las 08:15, el proceso FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, SUMARIO por DIVORCIO POR CAUSAL, seguido por: CARRILLO JIMENEZ FERNANDO VICENTE , en contra de: ZAMBUZZI ELISA APARECIDA. Por sorteo de ley la competencia se radica en la UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA, conformado por JUEZ: GUZMAN MEJIA KETTY MAGALY. SECRETARIO: GALLARDO CORREA EDGAR JEFFERSON QUE REEMPLAZA A ABG MIÑO ORTEGA JUAN CARLOS. Proceso número: 17203-2016-13015 (1) PRIMERA INSTANCIA<SEGUNDA_PARTE>Al que se adjunta los siguientes documentos: 1) PETICIÓN INICIAL (ORIGINAL) 2) INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO, DOS PARTIDAS DE NACIMIENTO, (COPIAS CERTIFICADAS/COMPULSA) 3) COPIA DE LA CEDULA, CROQUIS.UNA FOJA FOTO.COPIA D E LA CEDULA CURADORA , CROQUIS, DOS COPIAS DE CÉDULAS TESTIGOS CON SUS RESPECTIVOS CROQUIS, CREDENCIAL DEL ABOGADO, (COPIA SIMPLE) 4) CUATRO FOJAS COPIAS NOTARIADAS (COPIAS CERTIFICADAS/COMPULSA) Total de fojas: 0<TERCERA_PARTE>AMPARO DEL ROCIO DE LA TORRE DE LA TORRE<CUARTA_PARTE> Responsable del Sorteo <QUINTA_PARTE>