demanda de divorcio.- Art.-110, causal 3ª. Del Código Civil
Señor juez de garantías de lo civil de santo domingo de los Tsáchilas
Yo, RITA MARIA LAPO LARA, de de 26 años de edad, Ecuatoriana, portadora de la cedula de ciudadanía Nro.171539310-5, de estado civil casada, con. JOSE ROBERTO PRIETO GUTIERRES, su oficio es técnico electricista. El matrimonio fue celebrado en la Ciudad de Santo Domingo, el 20 de Mayo del 2007, y que se encuentra inscrito en el Registro Civil, de esta mismo cantón, en el Tomo 20-07 Pág. 180, Acta No.99, del libro de matrimonios del año 2007. Partida que adjunto para su verificación.
Vivo en un departamento de edificio de nombre {el edén} en el segundo piso el que comparto con mi esposo desde que nos casamos, ubicado en la calle la paz Nro 223, soy de ocupación cajera de una institución bancaria de este cantón.
De esta unión de matrimonio no hemos procreado hijos hasta la fecha ni bienes inmuebles. Estando domiciliada el la Ciudad de Santo Domingo Provincia de los Tsáchilas, ante usted comparezco muy respetuosamente y presento la siguiente DEMANDA DE DIVORCIO, verbal sumaria, la misma que lo hago en los siguientes términos:
Ante usted señor Juez de garantías de lo civil manifiesto lo siguiente:
a.- Los primeros seis mese de nuestro matrimonio puedo decir que transcurrieron sin mayor dificultad entre mi esposo y yo, sin graves problemas de ninguna naturaleza.
b.- Ocurre lo siguiente que en el séptimo mes un día viernes yo esperaba a mi esposo como de costumbre lo venia haciendo en casa después de salir de mi trabajo. Pero sucedió que el no llego a su hora que me tenia acostumbrada verlo venir, como usted imaginara yo estaba muy tensa y preocupada, para lo que llame a nuestros familiares
cercanos y amistades, comunicando de este particular y no estaba en ningún sitio conocido por mi, luego salí a buscarlo en una barra que frecuentamos en ocasiones y tampoco estuvo.
c.- Y la sorpresa que me lleve esa misma noche yo angustiad por él y cuado lo veo llegar recuerdo exactamente la hora las 4: horas, con quince minutos de la mañana de ese nuevo día. Y con olor a bebida alcohólica y sin darme una justificación razonable de este acto. Yo con todo derecho como su esposa legitima, era lógico pedirle una explicación de esta mala acción por su parte y que él nunca me la dio.
d.- Y consecuencia de esto, desde ese tiempo en adelante hasta la fecha, nuestro matrimonio se ha venido deteriorando cada vez, se la pasa diciéndome que soy una amargada, que lo deje en paz que el es hombre y no necesita de que yo lo cuide, me ofende cada vez que puede verbalmente y por teléfono, ha llegado a golpearme en varias ocasiones, y le he soportado todo tipo de vejamen-satírico, en mi contra y por no estropear mi matrimonio le he aguantado toda sus malas acciones pero él no hace nada por reparar sus faltas y ya no estoy dispuesta a continuar en esta tortura que es a diario por los disgustos que tenemos en común que siempre él los propicia por cualquier pretexto.
Es por lo que acudo ante su autoridad competente en esta materia civil, y de su fuero para que se me haga justicia. En efecto y se de por terminado el matrimonio que mantengo con mi esposo, por el DIVORCIO.-
El trámite: será el previsto en el Art.-110, causal 3ª. Del Código Civil. Que sanciona todo lo que expuse en el literal (d.-). Y que coordinan esos malos actos de mi esposo, con la causal siguiente:> causal: 3ª. Que expresa así. Injurias graves o actitud hostil que manifieste claramente un estado habitual de falta de armonía de las dos voluntades en la vida matrimonial; de este cuerpo legal en vigencia.
Citaciones: Al señor JOSE ROBERTO PRIETO GUTIERRES, se la citara con la presente demanda, en el domicilio de la vivienda del edificio (el edén), en la calle la paz Nro 223 del segundo piso de esta ciudad de Santo Domingo. Provincia de santo domingo de los Tsáchilas, así mismo deberá notificar casillero judicial; y sin prejuicio de ser citado en el lugar que oportunamente indicaré el señor actuario.
En cuanto a las notificaciones que me correspondan recibir serán en el casillero judicial. Nro.998 de la Doctora, CARLA ASUCENA FLORES. Profesional del derecho a quien autorizo para que intervenga en mi representación con vasta atribución y de acuerdo con la ley. Para lograr el resultado a mi favor de todo lo expuesto.
Así mismo adjunto documentos de Leyes
Dígnese atentamente:
Santo Domingo Provincia de los Tsáchilas, a, 01 de Julio del 2009
Para mayor constancia firmo en conjunto con mi Abogada defensora
F: Demandante; F: Abogada
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Contestación a la demanda por el Abogado defensor del demandado.
Señor juez de garantías de lo civil de santo domingo de los Tsáchilas
JOSE ROBERTO PRIETO GUTIERRES, de 28 años de edad, Ecuatoriano y portador de la cedula de ciudadanía Nro.1719763477-2, de profesión técnico electricista, de estado civil casado con la Señora. RITA MARIA LAPO LARA, desde el año 2007 y desde esa fecha vivimos en un departamento del edificio de nombre {el edén} del segundo piso, en la calle la paz Nro 223, de este inmueble. Notare que entre la unión matrimonial que une a mi persona con mi esposa no hemos procreado bienes inmuebles o hijos en común. Estoy domiciliado en este cantón de Santo Domingo Provincia de los Tsáchilas.
Fundamento ante usted lo siguiente.-
Sr. Juez de garantías civil, pongo en su conocimiento pleno lo siguiente para que usted se entere de la verdad de los acontecimientos reales que esta sucediendo entre mi esposa y yo,
Esto es por el motivo que he recibido una citación de mi cónyuge en mi contra para terminar el vinculo matrimonial que tengo con mi esposa RITA MARIA LAPO LARA, y aclaro lo siguiente que yo amo a mi esposa y no estoy dispuesto a divorciarme de ella, según ella quiere justificar esta propuesta de DIVORCIO, aduciendo que yo le trato mal cosa que es totalmente falsa, y las discusiones que se han venido dando entre nosotros es: Por que si nos cazamos legalmente fue para procrear una familia que antes de cazarnos era lo que en mutua acuerdo lo tratamos. Pero que pasa alrededor de estar cazados entre seis y siete meces le propuse que planifiquemos su embarazo para tener nuestro primer hijo y a lo que ella se opuso de manera cortante, por lo que desde esa fecha en adelante se ha venido en decaimiento el bienestar de nuestro matrimonio y yo nunca le he golpeado ni lo haría, por yo no tener esa conducta machista que ella quiere hacer creer. Siempre aduce que no esta preparada para procrear y que no quiere que su cuerpo se le dañe y que lo va ha pensar después.
Esta es la verdad y no la que ella pretende hacer creer a usted, que soy yo un hombre de mala conducta y que le trato mal por lo que me opongo a ello y reconvengo sus locuciones en mi contra que no se exactamente con que intenciones lo esta haciendo pero cualquier cosa que sea por yo ser su esposo legitimo y la estimo mucho a ella no estoy dispuesto a perderla por que yo sí la amo a pesar de sus incoherencias y desacuerdos que existen entre nosotros, pero que no son de gravedad.
Y ante su autoridad demuestro sobre mi conducta con certificados que adjunto de instituciones y personas honorables de este cantón que conocen de mis comportamientos éticos y morales desde muchos años atrás. Y los mismos titulares de estos, a su pedido estarán en condiciones de ratificar personalmente estos títulos de conducta proba a mi favor. Para esta causa verbal sumaria y sus efectos a mi completo favor.
Es falsa la estrategia que ella propone: del Art.-110, causal: 3ª. Del Código Civil. Que sanciona todo lo que expuso ella en su confundida locución del literal (d.-). De su demanda, fs, (2) no tiene ningún efecto real por el simple hecho que yo nunca le he golpeado, ella con su relato trata de confundir a su autoridad ya que para demostrar tal maltrato, debió de haber presentado certificados médicos de tratamientos por esas causas alusivas que ella pretende en mi contra y que nuca las podrá probar por no existir. Y propongo ante su autoridad promueva esta causa verbal sumaria. Para que se realice la audiencia de conciliación para demostrarle en su presencia que si bien es cierto existen pequeños desacuerdo en el hogar pero no da suficiente motivo para que se promulgue el DIVORCIO. Como ella pretende.-
En cuanto al tratamiento de la demanda:
Debe sustanciarse en juicio verbal sumario y para que se cumplan las disposiciones del Art. 828.- y el Art. 833.- del Código de Procedimiento Civil, que da lugar para la audiencia de conciliación y en este caso con mi esposa, para la conclusión favorable a los dos para continuar nuestra relación de cónyuges con nuestro matrimonio.
Notificaciones:
A mi esposa la señora, RITA MARIA LAPO LARA, en el casillero judicial. Nro.998 que élla ha señalado de ante mano de la Doctora, CARLA ASUCENA FLORES. Abogada, como su representante legal. De esta ciudad de Santo Domingo. Provincia de santo domingo de los Tsáchilas, de la Republica del Ecuador.
Y las notificaciones que a mi lleguen estaré recibiendo en el casillero judicial Nro. 0727 del Doctor, Telmo Antonio estrella peña, profesional a quien pongo en su facultad mi defensa para contestar cualquier escrito y petición que se haga a mi favor como mi Abogado defensor en esta causa. Verbal sumaria, en todas las etapas que se abran para los efectos de ley y justicia.
Para lo que adjunto documentos legales y demás de ley; para descargas a mi favor por ser justo mi pedido.
Dígnese atentamente hacerme justicia.
Santo Domingo Ponencia de los Tsáchilas, a, 09 de Julio del 2009
Par ser justo mi pedido de reconvención firmo en conjunto con mi Abogado para esta defensa
F: Demandante; F: Abogado