SEÑOR JUEZ DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO FISCAL REGINAL NO.2 DE ESTE CANTON SANTO DOMINGO.
DEMANDA DE IMPUGNACIÓN POR TRÁMITE DE EXCEPCIONES
Yo: Marco Cesar Prieto Lara. Gerente propietario y representante legal de la compañía TEXTILFLAMINGO.S.A. Ante usted.
Y amparado en lo dispuesto por los Arts. 249 inciso (3), y Art. 250 del Código Tributario codificación, 2005-2009.
Presento; respetuosamente ante Ud. la siguiente demanda de impugnación.
Para la empresa en cuya representación intervengo, la que tiene como actividad económica la importación y venta de textiles para uso y servicio humano en general; se encuentra domiciliada en la Av. Quito No.456 y Palmira soto, de la Ciudad de Santo Domingo e inscrita en el Registro Único de Contribuyentes con el No. 1704924783001
1o. ANTECEDENTES
El 25 de junio de 2010 fui notificado con la Resolución No.02701 de 22 de enero 2010.
Mediante la cual el Comité Tributario No. 3 hace una resolución de coactiva en contra de uno de mis bienes que es el edificio de cuatro plantas lugar donde funciona mi empresa en la Av. Quito No.456 y Palmira soto, de este cantón. Dicha resolución le adjunto a esta impugnación para su pleno conocimiento.
Por otro lado, según la Dirección Regional del Servicio de Rentas linternas. Niega el recurso que he propuesto de las fianzas reales como reposición con otros bienes que son de mi propiedad como lo certifica la respectiva autoridad registradora de esta jurisdicción, según las condiciones del artículo 249 del CT. Dicha reposición que interpuse con el Oficio No. 000627 de 04 de junio de 2010, suscrito por el correspondiente Registrador de propiedad del cantón
Por lo que, al margen de la Ley y contra toda lógica, se me negó la condición de la fianza que propuse con otro título de mi legítima propiedad como lo certifico ante usted. Documentalmente y adjunto. A fs. 5 y 6, cumpliendo para este efecto las formalidades pertinentes de ley.
Y a pesar de los argumentos de puro derecho expuestos en el escrito para dicha reposición con otro de mis bienes que mantengo en esta jurisdicción como fianza real. El Comité Tributario No. 3 resuelve negar el recurso de la fianza que propongo con otro de mis bienes y ratifican como invalides mi pedido del oficio No. 000627 de 04 de junio de 2010.
Lo resuelto por el Comité afecta gravemente mis intereses comerciales y empresariales al rechazar de plano un derecho legítimo y estipulado por la ley y la Norma establecida Legal que la ratifico dentro del contenido legal y amparado en el Artículo 249 CT. En su inciso (3) dice así a favor del sujeto pasivo textualmente: Para el efecto se presentarán los títulos de dominio, los certificados de registro correspondiente y los de avalúo oficial, caso de haberlo. Y he sustentado esto y se me ha negado mis fundamentos de derecho, es por lo que acudo ante su autoridad contenciosa tributaria, para exigir se me haga justicia.
2o. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
En. La negativa del Comité Tributario No. 3 Regional del SRI encargado no fue legal. Ya que han fallado negativamente según El inciso (3) Artículo 249 y el Art. 250 que manifiesta sobre la aceptación de las fianzas personales que estas se admitirán si se acredita la solvencia moral del garante, y por la solvencia económica del deudor, que las he presentado con los respectivos certificados del registro de propiedad según este articulo 250 CT. A fs. 5 y 6, la mora que mantengo con el SRI es de $/8000 dólares americanos y el título de la fianza que he propuesto esta avaluado según la autoridad legal catastral en $/48000 dólares americanos dentro de la lógica es suficiente respaldo para que se me hubiere aceptado: y apesara de ello, hacen la negativa el Comité Tributario No. 3 Regional del SRI encargado.
3o. PRETENSIÓN CONCRETA
Por los referentes ya indicados y los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, para el efecto a mi favor, demando que en sentencia. Por su Autoridad Contenciosa Tributaria, se declara ilegal la resolución del Comité Tributario No. 3 que resolvió negar el recurso de la fianza real que propuse con otro de mis bienes y que lo ratificaron como invalides, este Comité Tributario en mención, de mi pedido en el oficio No. 000627 de 04 de junio de 2010. Que usted podrá verificar. A fs. 3 y 4.
Lo solicitado de fondo es que se me acepte este título de la fianza que he propuesto el mismo que es legal y cubre suficientemente lo que adeudo, y que se suspenda la coactiva que pretenden ejecutar en contra del edificio que funciona mi empresa.
4o. AUTORIDAD DEMANDADA
Que amparado en el juicio de excepción facultad que la ley otorga al sujeto pasivo, se me haga justicia por la resolución administrativa del SRI y para quien hago la demanda es al Comité Tributario No. 3 de la Dirección Regional del Servicio de Rentas linternas del cantón Santo Domingo Provincia de los Tsáchilas para la aplicación de lo dispuesto en los Arts. 249 y 250 del Código Tributario en vigencia. Para este efecto cuyos miembros deberán ser citados en la Av. Quito 11225 y san miguel, lugar donde funciona la Regional del Servicio de Rentas internas, en su despacho del comité referido.
5o. DOMICILIO
NOTIFICACIONES.-Que en este caso vengan las recibiré en el casillero judicial No. 4489 de esta Ciudad de mi abogado Santiago Iván Zambrano Ávila, con Matrícula Profesional 17-2012-662 de la Dirección Regional del Consejo de la Judicatura de Pichincha, así como en los casilleros electrónicos del foro de abogados: y consorcio@cazamley.com y faculto a mi abogado nombrado, quedando autorizado por mí en cuanto a derecho corresponda, para que litigue en audiencias orales, y; me represente con su presencia y todo escrito que esta causa exija y en tal caso lo que le faculte el Art 44 del Código de Procedimiento Civil del Ecuador. LAS CITACIONES: para la autoridad que demando: deben ser entregadas en el despacho del Comité Tributario No. 3 de la Dirección Regional del Servicio de Rentas linternas en la Av. Quito 11225 y san miguel, de esta ciudad.
6o. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Acompaño para los efectos legales copias de los siguientes documentos:
a. Copia certificada como propietario y Gerente de la Compañía.
b. Copia certificada de la del oficio 000627 de 04 de junio de 2010, suscrito por el correspondiente Registrador de propiedad del cantón.
c. Copia del RUC de la compañía.
d. Copia simple del Resolución No.02701 de 22 de enero 2010.por el Comité Tributario No. 3
e. Copia que: Designo defensor de la compañía al señor Santiago Zambrano, Abogado profesional al que autorizo la presentación con su sola firma de los escritos que sean necesarios en la tramitación de esta causa.
En su despacho. Dígnese atentamente atender mi pedido por ser justa mi solicitud.
Santo Domingo de los Tsáchilas a 04 de julio de 2010 Cantón Santo Provincia de los Tsáchilas República del Ecuador.
f) f)
Peticionario Abogado